lunes, 19 de marzo de 2012

ALLÍ DONDE NACIÓ LA PALABRA 'LIBERAL'

'...la frecuencia con que se usaba en las discusiones y debates la palabra 'liberal', no solo en su sentido lato, sino con especialidad para expresar todo por lo que su espíritu y tendencia conspiraba al establecimiento y conservación de la libertad'. Así reseñaba Agustín de Argüelles el nacimiento del vocablo en su acepción política, al albur de los debates que sobre libertad de pensamiento y de imprenta tuvieron lugar en las Cortes de Cádiz. El derrumbamiento del Antiguo Régimen, acelerado por los efectos de una invasión napoleónica a la que el pueblo español se resistía de manera heroica, parecía despejar el camino al proyecto constitucional por el que el reformismo ilustrado tanto había bregado: una Constitución, una ley de leyes, que garantizara las libertades individuales de todos los españoles ('de ambos hemisferios') como ciudadanos libres e iguales ante la ley, y que se basara en la soberanía de la nación española ('libre e independiente, no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona').

Con dos precedentes relativamente recientes contaba el empeño constitucional español: la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787 y la Constitución francesa de 1791, cuyos ecos serían ciertamente perceptibles en la Constitución gaditana. Ahora bien, muchos de quienes inspiraron su redacción reivindicaron antecedentes históricos españoles que redundaron en una limitación efectiva del poder monárquico: así, Romero Alpuente, que, junto al más moderno modelo de los Estados Unidos, se permitió poner como ejemplos evocadores a la mismísima Corona de Aragón, sus Cortes y la figura del Justicia, instituciones que contenían los abusos de la Monarquía; de manera que la defensa de la libertad frente a un poder despótico no se reputa como ajena a la historia de España, sino bien al contrario como parte importante de su tradición: la revuelta de Padilla y los comuneros para preservar las libertades castellanas también sería otra significativa muestra. En este mismo sentido, José Canga Argüelles culpaba al 'soplo devastador del despotismo', provocado por el absolutismo de Austrias y Borbones, de 'la ruina de la representación nacional' y la subsiguiente desaparición de las Cortes, a las que urgía recuperar bajo la legitimación de las viejas leyes, de Cataluña, Aragón o Cantabria. Por su parte, Francisco Martínez Marina resaltaba que en los viejos documentos 'se encuentran las semillas de la libertad española y los fundamentos de los derechos del hombre y del ciudadano'.

El mismo Gaspar Melchor de Jovellanos, con la intención de compatibilizar reformismo con tradición, utilizaba también la argumentación histórica: así, abogaba en su 'Instrucción' (1809) por una recopilación de 'todas las leyes constitucionales de España', con el fin elaborar una especie de compendio legislativo que incidiera en aquellos aspectos relacionados con 'la libertad civil y política de los ciudadanos'. Y es que basar la justificación de la obra constitucional en el rescate de unas libertades arraigadas en el acervo político español era una manera, no ya de dotarle de un sello propio a la Carta Magna y desmentir así su carácter de mera 'copia' o desarrollo de las otras dos Constituciones, sino sobre todo de desmarcarse del racionalismo jacobino de una Revolución Francesa cuyos excesos se pretendía evitar a cualquier costa.

Sería por fin el 19 de marzo de 1812, en una Cádiz asediada por el invasor francés pero extraordinariamente tenaz, cuando vería la luz la primera de nuestras Constituciones, a la que desde entonces los liberales españoles proclamaban su adhesión bajo el grito de '¡Viva la Pepa!' (debido a su promulgación en la festividad de San José); exclamación de rebeldía ante una cruel represión política, la del Rey felón, y que se convertiría en quizá el primer lema político de la edad moderna. Aunque mucho se ha disertado sobre su fracaso, derivado especialmente de su escasísima vigencia efectiva (apenas los dos años que transcurrieron desde su promulgación hasta el regreso de Fernando VII,  y después tan solo durante el Trienio Liberal), la influencia de la Constitución de 1812 es evidente en los principios contenidos en posteriores textos constitucionales españoles: además de en nuestra actual Carta Magna, en los de 1837, 1856, 1869 y, en algunos aspectos, 1931; también en los de varias naciones europeas, en cuyas revoluciones liberales fue invocada incluso por encima de la francesa (ya que la superaba en aliento liberal por su espíritu nacional, como bien apuntaba el constitucionalista Mirkine-Guetzewich, francés para más señas), así como en los de los países hispanoamericanos, tanto antes como después de independizarse de la metrópoli.

200 años de una Constitución que marcó un hito en la historia del liberalismo, y allí donde nació la palabra 'liberal'. Un bicentenario por el que los españoles hemos de sentirnos especialmente orgullosos.

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